Ciudad de México, México 17 de mayo de 2012

EXCMO. SEÑOR JOSÉ MARIANO CASTILLO MERCADO

EMBAJADOR DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS

Católicas por el Derecho a Decidir A.C. es una asociación civil que trabaja  por los derechos humanos de las mujeres y jóvenes, particularmente los derechos sexuales y derechos reproductivos en el marco de la justicia social y la democracia, promovemos el reconocimiento a la dignidad humana y reafirmamos la autoridad moral de las mujeres y el derecho que tienen todas las personas a tomar decisiones basadas en el ejercicio de su libertad de conciencia. Asimismo, trabajamos en pro del fortalecimiento del Estado laico y la sana separación entre las Iglesias y el Estado como base de la democracia y elemento esencial para la protección y garantía de los derechos humanos. Desde la fundación de Católicas por el Derecho a Decidir A.C. en 1994, promovemos políticas públicas desde una perspectiva de género y trabajamos por la defensa y promoción de los derechos humanos en su integralidad para hacerlos exigibles y justiciables.

Nos dirigimos a usted para expresar nuestra preocupación en torno a la discusión del Decreto Legislativo N° 54-2009 por el pleno del Congreso Nacional de la República de Honduras, que prohíbe y penaliza el uso de la Píldora Anticonceptiva de Emergencia (PAE), siendo una clara violación de los derechos humanos de las mujeres en el país.

Como es de su conocimiento, el 02 de abril de 2009, el Congreso Nacional de la República de Honduras aprobó elDecreto Legislativo N° 54-2009, mediante el cual se penaliza la compra, venta y distribución de la PAE de levonogestrel por considerar, sin evidencia ni argumentos científicos algunos, que ésta funciona como un método abortivo, y que por tanto, viola el artículo 126 del Código Penal de Honduras, que penaliza el aborto sin excepción alguna. Dicho Decreto, viola los derechos humanos protegidos en la Constitución, así como los tratados internacionales de derechos humanos de los que la República de Honduras es parte. El 15 de mayo de 2009, el entonces presidente de Honduras José Manuel Zelaya, vetó dicho Decreto, lo que obligó al Congreso a solicitar a la Corte Suprema de Justicia su opinión sobre la constitucionalidad del Decreto. Finalmente, el 14 de febrero de 2012 la Corte Suprema de Justicia declaró la validez constitucional del Decreto, por lo cual actualmente, regresa a manos del Congreso para ser ratificado.

Aunado a lo anterior, el 24 de octubre de 2009, la Secretaría de Salud de la República de Honduras emitió el Acuerdo No. 2744, por el cual estableció: “prohibir la promoción, el uso, venta y compra relacionada con la Píldora Anticonceptiva de Emergencia (PAE) así como la distribución pagada o gratuita y comercialización de fármacos de anticoncepción de emergencia, en farmacias, droguerías o cualquier otro medio de adquisición”. Esta acción por parte de la Secretaría de Salud, viola el derecho de acceso de las mujeres hondureñas a la información e insumos sobre el único método anticonceptivo de uso postcoital, por presumir sin fundamento científico alguno, que éste puede llegar a impedir la implantación de un óvulo fecundado, desconociendo toda la evidencia científica que sostiene que no es así.

La diferencia entre el Decreto Legislativo N° 54-2009 y el Acuerdo No. 2744, es que el primero, impondría sanciones penales, o sea que castigaría con cárcel a quienes usen, distribuyan, venda o promocionen la PAE. Si éste decreto se aprueba, Honduras sería el único país del mundo que penalizaría el uso de un método esencial, que hace parte fundamental del ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres.

Además, debido a la delicada situación por la que pasa el país desde el contexto del golpe de Estado de 2009, diversos grupos conservadores representados en la Cámara Legislativa han aprovechado tal situación para impulsar una agenda moral conservadora que pone en riesgo la salud y vida de las mujeres hondureñas. Sólo en el año 2011, el Ministerio Público recibió 2,417 denuncias de abusos sexuales, en las que las víctimas eran mujeres y niñas. A estas víctimas se les negó el acceso al único anticonceptivo que hubiera evitado embarazos forzados. Esto evidencia casi en todas las instituciones del Estado de Honduras, una falta de voluntad política para proteger los derechos de las mujeres.

Ante esta situación, nos unimos a la exigencia de organizaciones de derechos humanos de las mujeres y jóvenes en su país, para que el Congreso Nacional de la República de Honduras discuta el Decreto Legislativo N° 54-2009, con argumentos basados en la evidencia científica y los estándares establecidos por los organismos internacionales de la salud.

Asimismo exigimos:

  • Al Presidente del Congreso Nacional, Juan Orlando Hernández, que someta a discusión lo más pronto posible, el Decreto Legislativo N° 54-2009, y que el pleno actúe en consonancia con los mandatos de los Convenios Internacionales de Derechos Humanos y la propia Constitución de la República.
  • Al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos y el Instituto Nacional de la Mujer, que asuman una postura pública de defensa al  derecho de las mujeres a informarse, acceder y hacer uso de la anticoncepción de emergencia, de acuerdo a sus mandatos institucionales.
  • A la Secretaría de Salud, que derogue el Acuerdo Ejecutivo N° 2744 que prohíbe el uso de las PAE, emitido ilegalmente por un régimen de facto.

Aidé García y Maribel Luna
Católicas por el Derecho a Decidir México
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Católicas por el Derecho a Decidir/ México es una organización sin fines de lucro, integrada por personas católicas, que defiende los derechos humanos de mujeres y jóvenes, en especial sus derechos sexuales y reproductivos, incluyendo el acceso al aborto seguro y legal, desde una perspectiva ética, católica y feminista.

Catholics for the Right to Decide/ Mexico is a non profit organization, formed by Catholics, who defend women’s and young people’s human rights, especially their sexual and reproductive rights, including access to safe and legal abortion, from an ethical, Catholic, and feminist perspective.